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LOS SERVICIOS DE PREVENCION

 

        Con la sanción de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo en el año 1972, comenzaron su labor en la Argentina los Servicios de Prevención los cuales quedaron divididos en dos áreas netamente definidas: la Medicina del Trabajo y la Higiene y Seguridad en el Trabajo.

Si bien las dos primeras reglamentaciones de la norma (Dec. Nº 4160/730 y 351/79) definían los alcances de la Medicina del Trabajo es el actualmente vigente Dec. Nº 1338/96 el que establece hasta donde llega el alcance de esta prestación. En este sentido indica que:

El Servicio de Medicina del Trabajo tiene como misión fundamental promover y mantener el más alto nivel de salud de los trabajadores, debiendo ejecutar, entre otras, acciones de educación sanitaria, socorro, vacunación y estudios de ausentismo por morbilidad. Su función es esencialmente de carácter preventivo, sin perjuicio de la prestación de la asistencia inicial de las enfermedades presentadas durante el trabajo y de las emergencias médicas ocurridas en el establecimiento, hasta tanto se encuentre en condiciones de hacerse cargo el servicio médico que corresponda.”

        Como puede observarse en esta definición, la esencia de la Medicina Laboral es la “Prevención” es decir el hecho de “actuar antes de”; cuando se lo hace “después de” la medicina laboral deja de ser preventiva y se transforma en asistencial o curativa es decir la que todos conocemos o sea en la medicina clásica.

        Partiendo de estos antecedentes y con la creación estos Servicios nuestro país comenzó a transitar el camino de la prevención de los riesgos ocupacionales.

 

Ing. Alfredo López Cattáneo

 

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