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DERECHOS DE EXPORTACION MAL APLICADOS

 

El siguiente artículo corresponde a la editorial realizada por Enrique S Mantilla, Presidente de la Cámara de Exportadores de la República Argentina, publicado en el último número de la revista En contacto, órgano institucional de dicha Cámara. En el mismo el dirigente alerta sobre la irregular situación planteada a partir de la aplicación de derechos de exportación a las exportaciones destinadas al área del MERCOSUR. 

¿Caput o Kaput?

Los romanos contaban las cabezas o CAPUT de sus ganados y de esa manera sabían cómo contabilizar una parte de su capital. Distinguían así entre caput-capital y los productos que éste producía como la lana o la leche. Vendían los productos del capital y con los denarii, eventualmente adquirían más cabezas de ganado para acumular capital. Claro que también los utilizaban para adquirir otros objetos de consumo, por ejemplo vino.

Eran conscientes que el ahorro y la consiguiente acumulación de bienes de capital constituía la base de todo progreso material. Contabilizaban adecuadamente a cuánto ascendía la renta, el ahorro o el consumo de capital. Realizaban un cálculo económico.

Los germanos utilizan la palabra KAPUT para señalar, entre otras cosas, que algo no puede repararse, que no funciona.

Algunos agricultores, y no pocos políticos, al hacer la contabilidad de una producción agropecuaria, no toman en cuenta el valor de la tierra ni las mutaciones que puede sufrir en cuando a su capacidad de producir futuras rentas.

Cuidar la tierra utilizando un adecuado paquete tecnológico para garantizar su sustentabilidad es un elemento clave. Sin embargo, si se utilizan incentivos para buscar la máxima renta en el corto plazo, el resultado – sin que quede contabilizado – es la pérdida de capital.

Esa es una de las razones por las cuales la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA) siempre ha sostenido que la mejor política de corto plazo es tener una política de largo plazo. De esa manera se construye la preferencia pro-caput sobre políticas en la cuales se llega al kaput.

Este razonamiento también sirve en otro contexto. Es interesante reparar que, pese a que la Argentina está comprometida por el Tratado de Asunción a crear un mercado ampliado “como condición necesaria para el desarrollo económico con justicia social”, al aplicar derechos de exportación a las exportaciones destinadas al MERCOSUR, auto-cancela sus compromisos.

Por supuesto que exportadores que han planteado su reclamo ante la justicia y decidir sobre el tema está en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

Como los procedimientos judiciales requieren años para lograr una sentencia definitiva, lo que surge es un dilema, pues el monto de la deuda del Estado por su propia política es tan importante que lo que se produce es un problema fiscal para devolver lo que se retuvo previamente si la sentencia les fuera adversa.

Posteriormente, como los que deben pagar las cuentas son otros contribuyentes y los exportadores son un grupo menor, entran a jugar una serie de factores que surgen del poder de lo fáctico. Entonces, lo que aparece es la negación de los errores de diseño de políticas antisociales. De esa manera nadie asume la responsabilidad.

La pregunta es, ¿Es el Mercosur el problema o las políticas nacionales que lo ignoraron?

Por lo que ha surgido en el debate sobre “las retenciones móviles” no hay coincidencia política de lo que implica el Mercosur cuando se toman decisiones.

En esa visión, en vez de ser caput, el Mercosur funciona como un Kaput. Sin embargo, algo puede cambiar. Una empresa exportadora obtuvo una sentencia de la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo que reafirmó al Mercosur y dijo que no se pueden aplicar derechos de exportación a mercaderías que tienen como destino al Mercosur.

Si no ocurre nada extraordinario – y puede ocurrir – lo más probable es que en 2009 conozcamos una opinión de ese alto Tribunal sobre el tema. Y si se sigue la jurisprudencia consolidada de los laudos dictados en el marco del Protocolo de Brasilia sobre la solución de diferencias en el Mercosur, la opinión del Tribunal sería a favor de la libre circulación de bienes, sin gravámenes ni restricciones.

Entonces asistiremos a un Kaput de ciertas políticas hoy vigentes y a una apuesta por al Caput, o sea, por favorecer el capital institucional del Mercosur para que produzca las rentas esperadas.

Este es un tema sobre el cual hay que estar atentos.

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